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Ciberbullying: ¿Qué es y cómo prevenirlo?

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Testimonio:

“Hicieron un grupo en WhatsApp para reírse de mi. Me toman fotos escondidas y veo como me miran y se ríen. Copian mis fotos que publico en Instagram y las convierten en memes. Les he pedido que dejen de molestarme, pero no paran. Varias veces le he contado esto a mi profesora jefe. Ha sido muy buena conmigo, pero no hace nada por ayudarme. Me dice que son tonteras y que si no hago caso se van a cansar de molestarme. Suman y suman personas al grupo. Llevan varias semanas y realmente ya casi no duermo de dolor de cabeza y ansiedad. A veces quiero desaparecer y olvidarme de todo esto”.

Carla, 12 años.

Generalmente, el ciberacoso se da fuera del horario de clases, lo cual podría hacernos pensar que  es un problema ajeno a la responsabilidad de los establecimientos educacionales, sin embargo, la Ley 20.536 exige abordar este tipo de conflictos, implementando actividades de prevención, actividades formativas para los apoderados e incorporándolos en los reglamentos escolares.

Debido al enorme impacto que pueden alcanzar los problemas sucedidos en el mundo virtual es preciso conocer y comprender las características de internet y su funcionamiento, valorando la importancia que tienen estas herramientas digitales como canales de comunicación, formación y entretención en la vida de niños y adolescentes.

Problemas reales en el mundo virtual

El ciberbullying aparece como una de las problemáticas más complejas de abordar desde la convivencia escolar porque nos obliga a enfrentar problemas virtuales con protocolos y medidas pensadas en el mundo real. Además, se manifiesta de muchas maneras y suele entrelazarse con otras demostraciones de violencia digital.

Quienes elaboran estas reglas son principalmente adultos, que a veces tienen una comprensión parcial de las dinámicas del mundo digital donde se desenvuelven sus estudiantes y no siempre son usuarios de las mismas herramientas que ellos. Esta situación se da debido a que tienen experiencias digitales completamente diferentes.

Algunas de las problemáticas, faltas y delitos actuales derivados del contacto con terceras personas en el mundo virtual son: grooming, sexting, calumnias, injurias, difusión de imágenes privadas sin consentimiento, producción y difusión de pornografía infantil, entre otras. Sin embargo, no todas necesariamente se clasifican como ciberbullying.

Aprender a determinar si se trata de ciberbullying o se refiere a otro tipo de situaciones, es clave para abordar adecuadamente los casos que sucedan y evitar el sufrimiento de los estudiantes que son víctimas de violencia virtual. En Chile definimos el ciberacoso como un hostigamiento a través de internet, con una clara intención de hacer daño, donde hay reiteración, y asimetría de poder (se identifican víctimas y perpetradores) que son pares, es decir de edades similares. Cuando hay adultos involucrados, no se define como ciberacoso , sino, como maltrato. Lo mismo sucede en la mayoría de los casos cuando alguna de las características no se evidencia. Por ejemplo, cuando el problema se da por una situación puntual sin que exista la reiteración.

En las situaciones de ciberacoso, en muchas ocasiones encontramos otro tipo de problemáticas que pueden ser constitutivas de delitos:  

  • Calumnias e injurias: corresponde a la imputación de un crimen o simple delito penado o prescrito; imputar de un vicio o falta de moralidad cuyas consecuencias puedan perjudicar considerablemente la fama, crédito o intereses del agraviado. Las calumnias o injurias pueden ser delitos según sea su naturaleza.
  • Difusión de datos sin consentimiento: las imágenes de una persona son un dato personal, ya que éstas constituyen información relativa a una persona identificada. Para poder usar la información de otras personas se requiere su consentimiento expreso. Este tipo de acciones pueden ser delitos según la naturaleza de las acciones.
  • Grooming o acoso sexual en línea: de acuerdo a una definición de UNICEF en el año 2014 se llama grooming a la acción deliberada de un adulto de acosar sexualmente a un niño o niña mediante el uso de Internet.
  • Pornografía infantil: corresponde a la comercialización, importe, exportación, distribución o difusión de material pornográfico, cualquiera sea su soporte, en cuya elaboración hayan sido utilizados menores de dieciocho años. Esto es un delito de acuerdo a la legislación chilena.

Estos son algunos de los problemas que suelen verse relacionados con el ciberacoso en contextos escolares, principalmente durante la enseñanza media en redes sociales, chats, internet y plataformas de streaming. Por esta razón, es importante conversar abiertamente con los estudiantes para que tomen conciencia que deben ser cuidadosos de su actuar en redes sociales para evitar verse involucrados en problemas más complejos, que incluso puedan comprometerlos judicialmente.

¿Quién se hace cargo del problema?

Suele suceder que ante la denuncia de una situación de acoso los padres le resten importancia o bien el colegio no actúe de manera adecuada quedando el problema sin resolver. Por esto es fundamental la coordinación entre el colegio y la familia en la prevención, detección e intervención. Ambas partes comparten responsabilidad por lo que una alianza de trabajo será clave. El colegio debe poner especial énfasis en la  observación de expresiones directas o físicas y la familia en las indirectas.

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Bibliografía de interés para seguir aprendiendo sobre este tema:

INJUV: Hablemos de todo.
Argentina Cibersegura: Material para estudiantes.
MINSAL: La prevención del ciberacoso en adolescentes

Continúa leyendo este post desde su artículo original que escribimos para la Superintendencia de Educación (ver).

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