ORD N°05/2610: Orientaciones para la asistencia a estudiantes en las Actividades de la Vida Diaria (AVD)
El 29 de agosto la División de Educación General (DEG) publicó el Ordinario N° 5/2610 en el que se entregan orientaciones a los establecimientos educacionales sobre el modo en que se debe apoyar a estudiantes NEE y con discapacidad en sus Actividades de la Vida Diaria (AVD) en el contexto de su jornada escolar. El documento establece la obligatoriedad de contar con un Protocolo para la solicitud, evaluación, implementación y seguimiento de los apoyos en AVD.
Algunos puntos relevantes:
- Considerando las exigencias de las Convenciones Internacionales y legislación nacional, se entregan orientaciones de apoyo en las actividades diarias que junto a las adecuaciones curriculares, evaluación diferenciada, planes de acompañamiento y otros apoyos que ya se están implementando formalmente, viene a complementarlos y a establecer nuevos estándares de apoyo formales.
- En la primera parte del Ordinario se presentan recomendaciones (orientaciones) para el apoyo de los estudiantes NEE y discapacitados en actividades de la vida diaria (AVD) en el contexto escolar, tales como apoyo en la alimentación, higiene, cambio de ropa, traslado, procedimientos de salud y otros.
- En la segunda parte, establece responsabilidades de sostenedores y comunidades escolares en la respuesta educativa a estudiantes que requieren apoyos en AVD en el contexto educativo, dentro de las que incluye un nuevo protocolo obligatorio en el RIE.
- Las orientaciones y exigencias aplican para todo establecimiento educativo que tenga reconocimiento oficial.
- Los costos asociados al cumplimiento de estas exigencias, podrás ser cubiertos por las subvenciones en el caso que se trate de colegios que reciben aportes del estado, sin cobro adicional a los padres, en el caso de los colegios particular pagados.
1.- Apoyos necesarios:
El ordinario señala que los colegios deben brindar estas ayudas para aquellos estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales permanentes que no pueden realizar estas actividades (alimentarse, ir al baño, trasladarse, cambiarse una sonda, u otras) de manera independiente, brindando un apoyo para que puedan participar en la vida escolar en igualdad de condiciones que sus pares que no requieren este tipo de apoyos.
Esto implica que los colegios deben tomar las medidas y asignar tareas a sus funcionarios que consideren, de manera formal, apoyos tales como.
- Preparación previa al inicio de la jornada escolar, por medio de visitas previas, apoyos visuales y comunicación frecuente con la familia.
- Asistencia a los estudiantes en traslados dentro del colegio, cambios de postura y uso de ayudas técnicas como andadores o sillas de ruedas u otras indicadas en el documento.
- Apoyo en la alimentación parenteral o enteral (sonda nasogástrica o gastrostomía), la administración de insulina o asistir a estudiantes con movilidad reducida o selectividad alimentaria u otras.
- Asistencia en el proceso de higiene personal: Realizar el cambio de pañal, aseo y/o ropa en estudiantes que no tienen control de esfínteres, así como asistir a quienes no son completamente autónomos en estas tareas.
- Acompañamiento en los tiempos de recreo, actividades de transición, apoyo frente a situaciones de estrés sensorial, estrategias anticipatorias, traslado a espacios seguros, etc
2. El Ordinario N° 5/2610 establece las responsabilidades de sostenedores y comunidades escolares en la respuesta educativa a estudiantes que requieren apoyos en AVD en el contexto educativo, indicando lo siguiente:
En relación a los equipos de aula: Además de cumplir con las obligaciones establecidas en los marcos normativos vigentes respecto de las exigencias de contar con un Reglamento Interno, protocolos y planes de acompañamiento, deben:
- Contar con capacitaciones sobre la Ley TEA N°21.545 y la Circular TEA N°586 y conocer las exigencias concretas de aplicación.
En cuanto a infraestructura, es importante recordar que es un requisito de NO cumplir con normas de general aplicación, tales como rutas accesibles que conecten los accesos y servicios higiénicos para personas con discapacidad, rampas, y otras exigencias desde las normas de accesibilidad universal y diseño universal para niños, niñas y adolescentes.
En relación a la contratación de asistentes técnicos; los colegios deberán asegurarse que cuenten con un título técnico y cumplan con los requisitos de idoneidad.
Un rol clave lo tendrán los asistentes de la educación relacionados con las atenciones de salud, dado que se hace evidente que este apoyo debe ser especializado.
En cuanto al Protocolo de apoyo, cada establecimiento debe, desde ahora, incorporar un procedimiento para la solicitud, evaluación, implementación y seguimiento de los apoyos en AVD, que considere, al menos, los elementos establecidos en el ordinario publicado.
Si bien las exigencias de inclusión educativa están orientadas a permitir que todos los estudiantes que participan del aula inclusiva tengan los apoyos necesarios para superar las barreras de acceso, participación y permanencia en el sistema, las nuevas exigencias estresan sobremanera al sistema dado que, sin cambiar las reglas del juego ( no hay nuevos apoyos financieros, no hay cantidad de profesionales y apoyos técnicos suficientes para cubrir la necesidad, no hay tiempos suficientes por la insoportable carga administrativa), se imponen nuevas exigencias.
ANALISIS DE LA REALIDAD:
No tengo dudas de la buena intención de la autoridad, pero el nivel de carga laboral y de responsabilidades para los funcionarios de los colegios no da para más, sin que exista una intención real de rebajar la carga administrativa que hoy los ahoga.
Nuevas orientaciones para apoyar a estudiantes en Actividades de la Vida Diaria (AVD)
La División de Educación General (DEG) publicó el Ordinario N° 05/2610, que entrega directrices a los establecimientos educacionales sobre cómo asistir a estudiantes con discapacidad o necesidades educativas especiales (NEE) en sus Actividades de la Vida Diaria (AVD) durante la jornada escolar. ¿Qué implica? Los colegios deberán contar con un protocolo formal para solicitar, evaluar, implementar y hacer seguimiento a los apoyos en AVD.
Responsabilidades clave:
- Los sostenedores y comunidades escolares deben garantizar estos apoyos.
- Se exige capacitación para todos los funcionarios en la Ley TEA N°21.545 y la Circular N°586.
- La infraestructura debe cumplir con normas de accesibilidad universal.
- Los asistentes técnicos deben contar con formación adecuada e idoneidad profesional y una descripción de funciones claras que incluyan estos apoyos.
Importante considerar: Aunque estas medidas buscan fortalecer la inclusión, se reconoce que el sistema enfrenta una alta carga administrativa y falta de recursos humanos y financieros para cumplir con todas las exigencias.
Estas orientaciones aplican a todos los establecimientos con reconocimiento oficial. En el caso de colegios subvencionados, los costos pueden ser cubiertos por aportes estatales, sin cobro adicional a las familias.
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